Art. 2
Definiciones
En vigor desde 17 nov 2020
Artículo 2
Definiciones
A los efectos de la presente Decisión, serán de aplicación las definiciones siguientes:
a)
las definiciones establecidas en el Reglamento (UE) n.o 2017/625 (6);
b)
las definiciones establecidas en el Reglamento (CE) n.o 2073/2005 (7);
c)
las definiciones establecidas en el Reglamento (CE) n.o 853/2004 (8);
d)
las definiciones establecidas en el Reglamento (CE) n.o 2160/2003 (9);
e)
las definiciones establecidas en la Directiva 2003/99/CE;
f)
las definiciones establecidas en el Reglamento (UE) n.o 2019/6 (10);
g)
«lote de sacrificio»: grupo de animales procedentes del mismo rebaño, criados juntos en las mismas condiciones y enviados al matadero el mismo día.
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