Art. 2 · Definiciones

Art. 2

Definiciones

En vigor desde 17 nov 2020
Artículo 2 Definiciones A los efectos de la presente Decisión, serán de aplicación las definiciones siguientes: a) las definiciones establecidas en el Reglamento (UE) n.o 2017/625 (6); b) las definiciones establecidas en el Reglamento (CE) n.o 2073/2005 (7); c) las definiciones establecidas en el Reglamento (CE) n.o 853/2004 (8); d) las definiciones establecidas en el Reglamento (CE) n.o 2160/2003 (9); e) las definiciones establecidas en la Directiva 2003/99/CE; f) las definiciones establecidas en el Reglamento (UE) n.o 2019/6 (10); g) «lote de sacrificio»: grupo de animales procedentes del mismo rebaño, criados juntos en las mismas condiciones y enviados al matadero el mismo día.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2020:1729:oj#art-2