Art. 5

Financiación

En vigor desde 30 jul 2020
Artículo 5 Financiación 1.   El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE para el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021 será de 3 300 000 EUR. 2.   Los gastos se gestionarán de conformidad con los procedimientos y normas aplicables al presupuesto general de la Unión. 3.   La gestión del gasto se regirá por un contrato entre el REUE y la Comisión. El REUE rendirá cuentas de todos los gastos a la Comisión.
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