Art. 3

Originador

En vigor desde 17 oct 2019
Artículo 3 Originador Si bien el originador, en el sentido del artículo 1 de la Decisión (UE, Euratom) 2015/444, es la institución, agencia u organismo de la Unión, Estado miembro, tercer Estado u organización internacional bajo cuya autoridad se haya producido información clasificada o se haya introducido en las estructuras de la Unión, el redactor de la información RESTREINT UE/EU RESTRICTED no ha de ser necesariamente la misma entidad.
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eli:dec:2019:1962:oj#art-3

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