Art. 15
SIC adecuados para el manejo de la información CONFIDENTIEL UE/EU CONFIDENTIAL y SECRET UE/EU SECRET
En vigor desde 17 oct 2019
Artículo 15
SIC adecuados para el manejo de la información CONFIDENTIEL UE/EU CONFIDENTIAL y SECRET UE/EU SECRET
1. La información CONFIDENTIEL UE/EU CONFIDENTIAL y SECRET UE/EU SECRET se manejará y transmitirá por medios electrónicos, siempre que estos estén disponibles. Solo se utilizarán SIC y equipo que hayan sido acreditados por la Autoridad de Acreditación de Seguridad de la Comisión para el manejo de información clasificada en el grado correspondiente o en un grado de clasificación superior.
2. Cuando un servicio de la Comisión disponga del equipo apropiado para manejar y enviar la información clasificada en esos grados, asistirá, en la medida de sus posibilidades, a las demás entidades de la Comisión en el manejo y envío apropiados de la información.
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