Art. 17

Manejo y almacenamiento de la información CONFIDENTIEL UE/EU CONFIDENTIAL y SECRET UE/EU SECRET

En vigor desde 17 oct 2019
Artículo 17 Manejo y almacenamiento de la información CONFIDENTIEL UE/EU CONFIDENTIAL y SECRET UE/EU SECRET 1.   De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra a), de la Decisión (UE, Euratom) 2015/444, la información CONFIDENTIEL UE/EU CONFIDENTIAL y SECRET UE/EU SECRET se manejará en una zona de acceso restringido (8). 2.   De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra b), de la Decisión (UE, Euratom) 2015/444, esa información podrá manejarse en una zona administrativa (9), siempre que se impida el acceso a la ICUE a personas no autorizadas. 3.   Esa información podrá manejarse fuera de una zona de acceso restringido o de una zona administrativa siempre que el poseedor se haya comprometido a cumplir las medidas compensatorias requeridas con arreglo al artículo 19, apartado 3, letra c), de la Decisión (UE, Euratom) 2015/444, que incluirán, como mínimo, las siguientes: — los documentos CONFIDENTIEL UE/EU CONFIDENTIAL y SECRET UE/EU SECRET no se leerán en lugares públicos; — la ICUE permanecerá en todo momento bajo el control personal de su poseedor; — en el caso de los documentos impresos en papel, el poseedor deberá haber notificado al registro correspondiente la circunstancia de que los documentos clasificados están siendo manejados fuera de una zona de acceso restringido y de una zona administrativa; — los documentos se guardarán en una caja fuerte apropiada cuando no estén siendo leídos o comentados; — las puertas de la sala se cerrarán durante la lectura o el debate del documento; — el contenido del documento no se tratará por teléfono, en una línea no segura, ni en un correo electrónico; — el poseedor no podrá fotocopiar ni escanear el documento; solo el registro podrá proporcionar nuevas copias; — el documento solo se manejará y conservará temporalmente fuera de las zonas administrativas y de las zonas de acceso restringido durante el tiempo mínimo necesario, transcurrido el cual se restituirá al registro; — la restitución del documento se constatará con una firma; — el poseedor no desechará el documento clasificado ni lo destruirá. 4.   La información CONFIDENTIEL UE/EU CONFIDENTIAL y SECRET UE/EU SECRET se almacenará en una zona de acceso restringido dentro de un contenedor de seguridad o en una cámara acorazada. 5.   Puede solicitarse asesoramiento adicional al responsable local de seguridad (LSO) del servicio correspondiente de la Comisión. 6.   Se informará lo antes posible al LSO de todo incidente de seguridad, supuesto o confirmado, que afecte al documento.
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