Art. 1

El proyecto piloto

En vigor desde 22 jul 2019
Artículo 1 El proyecto piloto El artículo 5, apartado 2, letras b) a e), y el artículo 8 de la Decisión 2001/470/CE serán objeto de un proyecto piloto para evaluar si el Sistema de Información del Mercado Interior («IMI») sería una herramienta eficaz para aplicar las disposiciones de cooperación administrativa establecidas en dichos artículos.
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