Art. 4
Solicitud y compromiso anuales
En vigor desde 12 jul 2019
Artículo 4
Solicitud y compromiso anuales
1. Los agricultores que deseen beneficiarse de una exención al amparo de la presente Decisión presentarán a las autoridades competentes una solicitud antes del 15 de febrero cada año. Por lo que respecta a 2019, los agricultores presentarán su solicitud anual el 31 de julio a más tardar.
2. En el momento de presentar la solicitud anual mencionada en el apartado 1, los agricultores se comprometerán por escrito a cumplir las condiciones previstas en los artículos 6, 7 y 8.
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