Art. 1
En vigor desde 17 dic 2018
Artículo 1
Con miras a la aplicación de la Estrategia de la UE contra las armas de fuego, armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y su munición titulada «Seguridad de las armas, protección de los ciudadanos» (en lo sucesivo, «Estrategia de la UE contra las APAL»), así como a fomentar la paz y la seguridad, el proyecto de la OEA para reducir la amenaza que constituyen la acumulación y el tráfico ilícitos de APAL y de sus municiones en América Latina y el Caribe que apoyará la Unión tendrá los objetivos específicos siguientes:
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reforzar la seguridad física y los sistemas de gestión de los arsenales militares nacionales y demás arsenales institucionales mejorando las medidas de seguridad de las instalaciones y el control de inventario,
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reforzar las capacidades nacionales de destrucción de las APAL y municiones incautadas, excedentarias o poco seguras,
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mejorar la capacidad nacional de marcado y rastreo de APAL y fomentar la cooperación regional en el rastreo de armas y municiones confiscadas,
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mejorar los mecanismos de transferencia de APAL por medio de la legislación, los controles fronterizos y la coordinación regional del país, y
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promover comportamientos socialmente responsables en las comunidades seleccionadas, centrándose en grupos gravemente afectados por la violencia armada, en particular recurriendo a campañas de entrega o a otras estrategias concebidas para reducir la incidencia local de los delitos violentos.
La Unión financiará el proyecto, cuya descripción detallada figura en el anexo.
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