Art. 1
Objeto y ámbito de aplicación
En vigor desde 14 dic 2018
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
1. La presente Decisión establece las normas que deberá seguir la Comisión para informar a los interesados del tratamiento de sus datos de conformidad con los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento (UE) 2018/1725 cuando realice investigaciones de política comercial y de defensa comercial.
También establece las condiciones en las que la Comisión podrá limitar la aplicación de los artículos 4, 14 a 17, 19, 20 y 35 del Reglamento (UE) 2018/1725, de conformidad con el artículo 25, apartado 1, letras c), g) y h), de dicho Reglamento.
2. La presente Decisión es aplicable al tratamiento de datos personales que realice la Comisión para llevar a cabo sus actividades o en relación con ellas, a fin de cumplir las funciones de la Comisión en virtud de los Reglamentos (UE) 2016/1036, (UE) 2016/1037, (UE) 2015/478 y (UE) 2015/755.
3. La presente Decisión es aplicable al tratamiento de datos personales por parte de todos los servicios de la Comisión en la medida en que traten datos personales que figuran en información que deban transmitir a la Comisión, o datos personales que ya hayan sido tratados para las actividades a las que se refiere el apartado 2 del presente artículo o en relación con ellas.
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