Art. 4

En vigor desde 11 dic 2018
Artículo 4 La presente Decisión se aplicará únicamente a los vehículos automóviles destinados al transporte de personas que tengan un máximo de ocho asientos además del asiento del conductor.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2018:1994:oj#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil