Art. 4

En vigor desde 28 may 2018
Artículo 4 1.   La recuperación de las ayudas concedidas en virtud del régimen mencionado en el artículo 1 se efectuará de forma inmediata y efectiva. 2.   Alemania ejecutará la presente Decisión dentro de los cuatro meses siguientes a la fecha de su notificación.
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