Art. 10
Presentación de informes
En vigor desde 8 feb 2018
Artículo 10
Presentación de informes
Las autoridades competentes presentarán anualmente a la Comisión, a más tardar el 30 de junio, un informe que contenga los elementos siguientes:
a)
los mapas en los que se indiquen los porcentajes de explotaciones de prados, de ganado y de tierras agrícolas cubiertos por autorizaciones en cada distrito y los mapas sobre el uso local de la tierra, tal como se contempla en el artículo 8, apartado 1;
b)
los resultados del seguimiento de las aguas subterráneas y superficiales por lo que se refiere a las concentraciones de nitratos, incluida la información relativa a las tendencias del agua, tanto en condiciones de exención como en ausencia de ella, así como el impacto de la exención otorgada en la presente Decisión en la calidad del agua, tal como se contempla en el artículo 8, apartado 2;
c)
los resultados del seguimiento de los suelos en cuanto a las concentraciones de nitrógeno y fósforo en el agua del suelo y en cuanto al nitrógeno mineral en el perfil del suelo, tanto en condiciones de exención como en ausencia de ella, tal como se contempla en el artículo 8, apartado 2;
d)
un resumen y una evaluación de los datos obtenidos en el seguimiento reforzado del agua a que se refiere el artículo 8, apartado 3;
e)
los resultados de los controles sobre el uso local de la tierra, las rotaciones de los cultivos y las prácticas agrícolas a que se refiere el artículo 8, apartado 4;
f)
los resultados de los cálculos, a partir de modelos, de la magnitud de las pérdidas de nitratos y fósforo contemplados en el artículo 8, apartado 5;
g)
una evaluación de la aplicación de las condiciones para las autorizaciones basada en los resultados de los controles administrativos y las inspecciones sobre el terreno, a que se refiere el artículo 9, apartados 1 y 2;
h)
un análisis comparativo de los controles de las explotaciones de prados en Irlanda cubiertas por autorizaciones y de las no cubiertas por autorizaciones. El análisis incluirá datos sobre las inspecciones anuales, los controles administrativos, las inspecciones agrícolas en el contexto de las medidas de condicionalidad y las estadísticas sobre los incumplimientos.
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