Art. 3

En vigor desde 29 may 2017
Artículo 3 Las ayudas individuales otorgadas en virtud del régimen mencionado en el artículo 2 no constituyen ayudas si, en el momento de su concesión, cumplían las condiciones establecidas por una normativa adoptada en virtud del artículo 2 del Reglamento (UE) 2015/1588 del Consejo (81) y aplicable en el momento de su concesión.
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eli:dec:2017:2337:oj#art-3

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