Art. 1
Objeto y ámbito de aplicación
En vigor desde 5 abr 2017
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
1. La presente Decisión establece un mecanismo para el intercambio de información entre los Estados miembros y la Comisión con respecto a los acuerdos intergubernamentales en el sector de la energía, con arreglo al artículo 2, con objeto de garantizar el funcionamiento del mercado interior de la energía y reforzar la seguridad del suministro energético en la Unión.
2. La presente Decisión no será de aplicación a los acuerdos intergubernamentales que ya estén íntegramente sujetos a otros procedimientos de notificación específicos en virtud del Derecho de la Unión.
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