Art. 1 · Objeto y ámbito de aplicación

Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 5 abr 2017
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación 1.   La presente Decisión establece un mecanismo para el intercambio de información entre los Estados miembros y la Comisión con respecto a los acuerdos intergubernamentales en el sector de la energía, con arreglo al artículo 2, con objeto de garantizar el funcionamiento del mercado interior de la energía y reforzar la seguridad del suministro energético en la Unión. 2.   La presente Decisión no será de aplicación a los acuerdos intergubernamentales que ya estén íntegramente sujetos a otros procedimientos de notificación específicos en virtud del Derecho de la Unión.
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