Art. 4
En vigor desde 22 feb 2017
Artículo 4
Las partes que figuran en el cuadro 3 están siendo examinadas de conformidad con el artículo 6 del Reglamento (CE) n.o 88/97.
La suspensión del pago del derecho antidumping ampliado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 88/97 tendrá efecto a partir de las fechas de recepción de las solicitudes de las partes. Dichas fechas se indican en la columna «Fecha de efecto».
Estas suspensiones se aplicarán solo a las partes que están siendo examinadas y que se mencionan expresamente en el cuadro 3 con sus nombres y direcciones.
Las partes examinadas notificarán inmediatamente a la Comisión cualquier cambio de nombre o dirección, facilitando toda la información pertinente, en particular sobre cualquier modificación de sus actividades relacionadas con las operaciones de montaje desde el punto de vista de las condiciones de suspensión.
Cuadro 3
Partes que están siendo examinadas
Código TARIC adicional
Nombre
Dirección
Fecha de efecto
C003
Interbike Spółka z o.o.
ul. Śląska 6/5, PL-42-200 Częstochowa, Polonia
18.12.2014
C049
Cycles Sport North Ltd
363 Leach Place, Walton Summit Center, Preston, GB-PR5 8AS, Reino Unido
27.4.2015
C102
Uno Bike B.V.
Bovendijk 213, NL-3045 PD Rotterdam, Países Bajos
24.11.2015
C170
Hermann Hartje KG
Deichstrasse 120-122, DE-27318 Hoya, Alemania
29.9.2016
C128
VELOSPRINT S
Trnavská 40, SK-949 01 Nitra, Eslovaquia
14.4.2016
C169
Pelago MFG oy
Tyynenmerenkatu 6 L3, FI-00220 Helsinki, Finlandia
23.9.2016
C202
VANMOOF B.V.
Mauritskade 55, NL-1092 AD Amsterdam, Países Bajos
19.12.2016
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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