Art. 5

En vigor desde 21 dic 2016
Artículo 5 1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. 2.   La presente Decisión expirará a los 36 meses de la celebración del acuerdo de financiación entre la Comisión y el OIEA, o a los 12 meses de su adopción si no se ha celebrado ningún acuerdo de financiación antes de dicha fecha.
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