Art. 3
En vigor desde 1 dic 2016
Artículo 3
El Comité Especial de Agricultura y Pesca estará compuesto por representantes de la Comisión, por una parte, y por representantes de la Dirección del Cariforum y de los Estados signatarios del Cariforum, por otra.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2016:2143:oj#art-3