Art. 3

En vigor desde 1 dic 2016
Artículo 3 El Comité Especial de Agricultura y Pesca estará compuesto por representantes de la Comisión, por una parte, y por representantes de la Dirección del Cariforum y de los Estados signatarios del Cariforum, por otra.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2016:2143:oj#art-3

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil