Art. 1
En vigor desde 13 jul 2016
Artículo 1
1. Se nombra miembros del Comité de Vigilancia de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), a partir del día de entrada en vigor de la presente Decisión, a las personas siguientes:
—
D.a Colette DRINAN,
—
D.a Grażyna Maria STRONIKOWSKA.
2. Se nombra miembros del Comité de Vigilancia de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), a partir del 23 de enero de 2017, a las personas siguientes:
—
D.a Maria Helena Pereira Loureiro Correia FAZENDA,
—
D. Petr KLEMENT,
—
D. Jan MULDER.
3. En caso de que alguna de las personas antes mencionadas dimita del Comité de Vigilancia o fallezca o sea declarada incapaz permanentemente, será sustituida de inmediato, para el resto de su mandato, por la primera persona cuyo nombre figura en la siguiente lista siguiente y que todavía no haya sustituido a un miembro del Comité de Vigilancia:
—
D. Rafael MUÑOZ LÓPEZ-CARMONA,
—
D.a Anca JURMA,
—
D.a Dobrinka MIHAYLOVA,
—
D. Gerhard JAROSCH,
—
D.a Kalliopi THEOLOGITOU,
—
D. Antonio BALSAMO,
—
D. Angelo Maria QUAGLINI.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2016:1201:oj#art-1