Art. 10

Requisitos de información

En vigor desde 22 abr 2016
Artículo 10 Requisitos de información Bulgaria informará a la Comisión y a los demás Estados miembros, en el marco del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos, acerca de los resultados de la vigilancia de la dermatosis nodular contagiosa que se haya llevado a cabo en la zona restringida.
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