Art. 6
Gastos de reunión
En vigor desde 11 abr 2016
Artículo 6
Gastos de reunión
1. Los participantes en las actividades del GGAN no percibirán retribución alguna por sus servicios.
2. Los gastos de desplazamiento y estancia de los participantes en las actividades del GGAN serán reembolsados por la Comisión de conformidad con las disposiciones vigentes.
3. Dichos gastos se reembolsarán dentro del límite de los créditos disponibles que se hayan asignado en el marco del procedimiento anual de asignación de recursos.
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