Art. 2
Solicitudes de pago
En vigor desde 4 feb 2016
Artículo 2
Solicitudes de pago
En un plazo de seis meses a partir de la fecha final fijada en la decisión de financiación anual o de la fecha de confirmación de la erradicación o contención de la plaga, si esta última fecha es anterior, los Estados miembros presentarán a la Comisión:
a)
la solicitud de pago de los costes subvencionables contraídos, utilizando un fichero electrónico de conformidad con el modelo establecido en el anexo II de la presente Decisión;
b)
un informe técnico de conformidad con el anexo III de la presente Decisión.
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