Art. 2
En vigor desde 30 nov 2015
Artículo 2
El importe anual de las contribuciones de los Estados miembros al FED para 2016 se fija en 3 600 000 000 EUR. Se dividirá en 3 450 000 000 EUR para la Comisión y 150 000 000 EUR para el BEI.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2015:2288:oj#art-2