Art. 2

Art. 2

En vigor desde 30 nov 2015
Artículo 2 El importe anual de las contribuciones de los Estados miembros al FED para 2016 se fija en 3 600 000 000 EUR. Se dividirá en 3 450 000 000 EUR para la Comisión y 150 000 000 EUR para el BEI.
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