Art. 4
En vigor desde 2 mar 2015
Artículo 4
El artículo 3 de la Decisión 2010/18/CE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 3
Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “revestimientos de madera para suelos”, así como los requisitos de evaluación y verificación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2016.»
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