Art. 10
Disposiciones financieras
En vigor desde 19 ene 2015
Artículo 10
Disposiciones financieras
1. Los costes comunes de la EUMAM RCA se administrarán de conformidad con la Decisión 2011/871/PESC del Consejo.
2. El importe de referencia financiera para los costes comunes de la EUFOR RCA ascenderá a 7,9 millones EUR. El porcentaje del importe de referencia a que se refiere el artículo 25, apartado 1, de la Decisión 2011/871/PESC queda fijado en el 50 %, y el porcentaje de compromiso a que se refiere el artículo 32, apartado 3, de la Decisión 2011/871/PESC queda fijado en el 70 %.
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