Art. 10

Disposiciones financieras

En vigor desde 19 ene 2015
Artículo 10 Disposiciones financieras 1.   Los costes comunes de la EUMAM RCA se administrarán de conformidad con la Decisión 2011/871/PESC del Consejo. 2.   El importe de referencia financiera para los costes comunes de la EUFOR RCA ascenderá a 7,9 millones EUR. El porcentaje del importe de referencia a que se refiere el artículo 25, apartado 1, de la Decisión 2011/871/PESC queda fijado en el 50 %, y el porcentaje de compromiso a que se refiere el artículo 32, apartado 3, de la Decisión 2011/871/PESC queda fijado en el 70 %.
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eli:dec:2015:78:oj#art-10

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