Art. 10 · Disposiciones financieras

Art. 10

Disposiciones financieras

En vigor desde 19 ene 2015
Artículo 10 Disposiciones financieras 1.   Los costes comunes de la EUMAM RCA se administrarán de conformidad con la Decisión 2011/871/PESC del Consejo. 2.   El importe de referencia financiera para los costes comunes de la EUFOR RCA ascenderá a 7,9 millones EUR. El porcentaje del importe de referencia a que se refiere el artículo 25, apartado 1, de la Decisión 2011/871/PESC queda fijado en el 50 %, y el porcentaje de compromiso a que se refiere el artículo 32, apartado 3, de la Decisión 2011/871/PESC queda fijado en el 70 %.
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