Art. 2
En vigor desde 9 ene 2015
Artículo 2
La ayuda estatal por importe de al menos 6 6 0 99 317,94 EUR, cifra que resulta de la suma de 31,33 millones EUR en forma de participación del Estado en la ampliación de capital, 34,5 millones EUR en forma de préstamo de salvamento y 2 69 317,94 millones EUR en forma de ayuda a la formación, concedida ilegalmente a Cyprus Airways por Chipre, infringiendo el artículo 108, apartado 3, del Tratado, es incompatible con el mercado interior.
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