Art. 16

Acceso a los documentos

En vigor desde 26 jun 2014
Artículo 16 Acceso a los documentos A propuesta del Director, la Junta Directiva adoptará normas sobre acceso del público a los documentos del SATCEN, teniendo en cuenta los principios y límites establecidos en el Reglamento (CE) no 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (4).
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eli:dec:2014:401:oj#art-16

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