Art. 3
En vigor desde 15 may 2014
Artículo 3
La Unión adquirirá las nuevas cuotas del Fondo a lo largo de un período de cuatro años, a partir de 2014. Durante el período comprendido entre 2014 y 2017 se consignará en el presupuesto general de la Unión un importe máximo de 178 millones EUR para cubrir el coste de suscripción, haciendo uso de los créditos ya programados dentro de la rúbrica 1a del marco financiero plurianual para el período 2014-2020 con el fin de no modificar el gasto total asignado. El compromiso presupuestario podrá fraccionarse en tramos anuales durante cuatro ejercicios, con arreglo al artículo 85, apartado 4, del Reglamento (CE, Euratom) no 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (5).
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