Art. 4

Contribuciones de los Estados participantes

En vigor desde 15 may 2014
Artículo 4 Contribuciones de los Estados participantes Las contribuciones de los Estados participantes consistirán en lo siguiente: a) contribuciones financieras a las acciones indirectas financiadas por el Programa AAL de conformidad con el anexo II; b) contribuciones en especie correspondientes a los costes administrativos en que incurran las administraciones nacionales por la ejecución efectiva del Programa AAL de conformidad con el anexo II.
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eli:dec:2014:554(2):oj#art-4

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