Art. 27
Protección de los intereses financieros de la Unión
En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 27
Protección de los intereses financieros de la Unión
1. La Comisión adoptará las medidas adecuadas para garantizar que, cuando se realicen las actuaciones financiadas en el marco de la presente Decisión, los intereses financieros de la Unión queden protegidos mediante la aplicación de medidas preventivas contra el fraude, la corrupción y cualquier otra actividad ilegal, mediante la realización de controles efectivos y, si se detectan irregularidades, mediante la restitución de las cantidades abonadas indebidamente y, cuando proceda, la imposición de sanciones administrativas y financieras que sean efectivas, proporcionadas y disuasorias.
2. La Comisión o sus representantes y el Tribunal de Cuentas tendrán la facultad de auditar, basándose en documentos y sobre el terreno, a todos los beneficiarios de subvenciones, contratistas y subcontratistas que hayan recibido fondos de la Unión con arreglo a la presente Decisión.
3. La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) podrá realizar investigaciones, incluidos controles y verificaciones in situ, de conformidad con los procedimientos previstos en el Reglamento (UE, Euratom) no 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (15) y en el Reglamento (Euratom, CE) no 2185/96 del Consejo (16), con vistas a establecer cualquier posible fraude, corrupción u otra actividad ilegal que ataña a los intereses financieros de la Unión en relación con un convenio o decisión de subvención o con un contrato financiado con arreglo a la presente Decisión.
4. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 1, 2 y 3, los acuerdos de cooperación con terceros países y con organizaciones internacionales, los contratos, los convenios y decisiones de subvención derivados de la aplicación de la presente Decisión contendrán disposiciones que faculten expresamente a la Comisión, el Tribunal de Cuentas y la OLAF para llevar a cabo dichas auditorías e investigaciones, con arreglo a sus respectivas competencias.
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