Art. 60

Políticas de competencia

En vigor desde 25 nov 2013
Artículo 60 Políticas de competencia La eliminación de los falseamientos de la competencia, teniendo bien presentes los distintos niveles de desarrollo y las necesidades económicas de los PTU, implicará la implantación de normas y políticas locales, nacionales o regionales que controlen además y, en determinadas condiciones, prohíban los acuerdos entre empresas que tengan por objeto o efecto la prevención, restricción o distorsión de la competencia. Tal prohibición se refiere también al abuso de posición dominante por parte de una o más empresas en el territorio de la Unión o de los PTU.
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