Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 21 may 2013
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación La presente Decisión establece normas contables aplicables a las emisiones y absorciones resultantes de actividades relativas al uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura, como primer paso hacia la inclusión de dichas actividades en los compromisos de reducción de emisiones de la Unión, según proceda. No establece obligaciones contables o de notificación para los particulares. Impone a los Estados miembros la obligación de proporcionar información sobre sus acciones en el sector del uso de la tierra, del cambio de uso de la tierra y de la silvicultura, destinadas a limitar o reducir las emisiones y a mantener o incrementar las absorciones.
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eli:dec:2013:529:oj#art-1

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