Art. 7
Entrada en vigor y derogación
En vigor desde 19 abr 2013
Artículo 7
Entrada en vigor y derogación
1. Queda derogada la Decisión BCE/2003/4.
2. Las referencias a la Decisión BCE/2003/4 se entenderán hechas a la presente Decisión.
3. La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2013:211(1):oj#art-7