Art. 31
En vigor desde 22 mar 2013
Artículo 31
La Unión concede ayuda financiera al Centro Común de Investigación de la Comisión Europea de Ispra, Italia, para las actividades siguientes en relación con el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013:
a)
para las actividades relacionadas con los materiales y artículos en contacto con los productos alimenticios, la ayuda financiera no excederá de 341 000 EUR;
b)
para las actividades relacionadas con los OMG, la ayuda financiera no excederá de 472 000 EUR.
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