Art. 5
En vigor desde 13 nov 2012
Artículo 5
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Expirará a los 24 meses de la fecha de celebración del acuerdo de financiación a que se refiere el artículo 3, apartado 3, o a los seis meses de la fecha de su entrada en vigor si, dentro de ese plazo, no se hubiera celebrado acuerdo de financiación alguno.
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