Art. 4

Disposiciones financieras

En vigor desde 13 nov 2012
Artículo 4 Disposiciones financieras 1.   El importe de referencia financiera para la aplicación de la presente Decisión, para la duración del contrato a que se refiere el artículo 2, apartado 2, será de 4 312 234 EUR. 2.   Los gastos financiados con el importe contemplado en el apartado 1 se gestionarán de acuerdo con los procedimientos y normas aplicables al presupuesto general de la Unión, que comprenden el principio de buena gestión financiera.
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eli:dec:2012:698:oj#art-4

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