Art. 1
Objetivos
En vigor desde 13 nov 2012
Artículo 1
Objetivos
1. A efectos de garantizar el despliegue rápido de los equipos destinados a las misiones de gestión civil de crisis actuales y futuras, la Unión reforzará sus capacidades, en particular tratará de garantizar un acceso rápido y continuo al material principal.
2. Con este fin, la Unión adoptará las medidas adecuadas para mejorar el despliegue y el funcionamiento de sus misiones de gestión civil de crisis actuales y futuras mediante la creación de un almacén con capacidad para albergar equipos nuevos y usados para dichas misiones.
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