Art. 1

Puesta en marcha del Centro de Operaciones de la UE

En vigor desde 23 mar 2012
Artículo 1 Puesta en marcha del Centro de Operaciones de la UE 1.   Se pone en marcha el Centro de Operaciones de la UE para el apoyo a las misiones y la operación de la política común de seguridad y defensa (PCSD) en el Cuerno de África, a saber, la operación Atalanta, la EUTM Somalia y la prevista misión civil de la PCSD de aumento de las capacidades marítimas regionales. 2.   La puesta en marcha del Centro de Operaciones de la UE se entenderá sin perjuicio de las respectivas cadenas de mando militar y civil de las misiones y operación mencionadas en el apartado 1.
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