Art. 3
Mandato
En vigor desde 25 ene 2012
Artículo 3
Mandato
Para alcanzar los objetivos políticos, el mandato del REUE consistirá en:
a)
ofrecer el asesoramiento y el apoyo de la Unión en el proceso político;
b)
promover la coordinación política global de la Unión en Kosovo;
c)
reforzar la presencia de la Unión en Kosovo y garantizar su coherencia y eficacia;
d)
proporcionar orientación política local al Jefe de la Misión de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Kosovo (EULEX KOSOVO), incluso en los aspectos políticos de cuestiones relativas a responsabilidades ejecutivas;
e)
garantizar la coherencia de la actuación de la Unión en Kosovo;
f)
apoyar el avance de Kosovo hacia la Unión con arreglo a las perspectivas europeas en la región, mediante comunicaciones públicas específicas y actividades de promoción destinadas a garantizar un mayor entendimiento y apoyo del público de Kosovo a las cuestiones relativas a la Unión;
g)
supervisar, asistir y facilitar el avance de las prioridades políticas, económicas y europeas, de conformidad con las respectivas competencias y responsabilidades institucionales;
h)
contribuir al desarrollo y consolidación del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales en Kosovo, incluidos los de las mujeres y los niños, en consonancia con la política de derechos humanos de la Unión y con las directrices de la Unión sobre derechos humanos;
i)
ayudar a la ejecución del diálogo entre Belgrado y Pristina facilitado por la Unión.
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