Art. 3

Mandato

En vigor desde 25 ene 2012
Artículo 3 Mandato Para alcanzar los objetivos políticos, el mandato del REUE consistirá en: a) ofrecer el asesoramiento y el apoyo de la Unión en el proceso político; b) promover la coordinación política global de la Unión en Kosovo; c) reforzar la presencia de la Unión en Kosovo y garantizar su coherencia y eficacia; d) proporcionar orientación política local al Jefe de la Misión de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Kosovo (EULEX KOSOVO), incluso en los aspectos políticos de cuestiones relativas a responsabilidades ejecutivas; e) garantizar la coherencia de la actuación de la Unión en Kosovo; f) apoyar el avance de Kosovo hacia la Unión con arreglo a las perspectivas europeas en la región, mediante comunicaciones públicas específicas y actividades de promoción destinadas a garantizar un mayor entendimiento y apoyo del público de Kosovo a las cuestiones relativas a la Unión; g) supervisar, asistir y facilitar el avance de las prioridades políticas, económicas y europeas, de conformidad con las respectivas competencias y responsabilidades institucionales; h) contribuir al desarrollo y consolidación del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales en Kosovo, incluidos los de las mujeres y los niños, en consonancia con la política de derechos humanos de la Unión y con las directrices de la Unión sobre derechos humanos; i) ayudar a la ejecución del diálogo entre Belgrado y Pristina facilitado por la Unión.
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