Art. 20

Disposiciones financieras

En vigor desde 16 nov 2011
Artículo 20 Disposiciones financieras 1.   La dotación financiera para la realización de la acción durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2013 se establece en 650 000 EUR. 2.   La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales dentro de los límites del marco financiero plurianual.
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