Art. 20
Disposiciones financieras
En vigor desde 16 nov 2011
Artículo 20
Disposiciones financieras
1. La dotación financiera para la realización de la acción durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2013 se establece en 650 000 EUR.
2. La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales dentro de los límites del marco financiero plurianual.
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