Art. 5

En vigor desde 18 jul 2011
Artículo 5 1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. 2.   La presente Decisión caducará 24 meses después de la fecha de celebración del acuerdo de financiación mencionado en el artículo 3, apartado 3. Sin embargo, caducará seis meses después de su entrada en vigor si en ese plazo no se hubiere celebrado el acuerdo de financiación.
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