Art. 3

En vigor desde 6 jun 2011
Artículo 3 Los criterios ecológicos aplicables a la categoría «ordenadores portátiles», así como los requisitos de evaluación y comprobación conexos, serán válidos durante tres años a partir de la fecha de adopción de la presente Decisión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2011:330:oj#art-3

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil