Art. 1

En vigor desde 16 mar 2011
Artículo 1 Se aprueban los planes contemplados en el artículo 29 de la Directiva 96/23/CE que han presentado a la Comisión los terceros países enumerados en el cuadro del anexo en relación con los animales y productos animales destinados al consumo humano que figuran marcados con una «X» en dicho cuadro.
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