Art. 9
Entrada en vigor
En vigor desde 10 dic 2010
Artículo 9
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de enero de 2011.
La presente Decisión expirará el 31 de diciembre de 2027.
Historial de versiones
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