Art. 5
En vigor desde 27 sept 2010
Artículo 5
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
La presente Decisión expirará a los 24 meses de la celebración del acuerdo de financiación entre la Comisión y el OIEA, o a los 12 meses tras su adopción si no se ha celebrado ningún acuerdo de financiación antes de dicha fecha.
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