Art. 2
En vigor desde 5 mar 2010
Artículo 2
La presente Decisión se refiere únicamente a la adecuación de la protección que proporciona en las Islas Feroe la Ley de las Islas Feroe, con arreglo a los requisitos del artículo 25, apartado 1, de la Directiva 95/46/CE, y no afecta a otras condiciones o restricciones que se impusieren en aplicación de otras disposiciones de la Directiva relativas al tratamiento de los datos personales en los Estados miembros.
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